PERICIALES SOCIALES

DICTAMENES PERICIALES SOCIALES

VICTIMAS Y FAMILIARES

La organización de las Naciones Unidas define a la víctima como: 

Muchas víctimas, dejan de recibir parte de la indemnización que les correspondería por una falta de conocimiento o por una deficiente acreditación de los daños y perjuicios. Detectando, diferencias de entre 300.000€ y 600.000€, entre lo que se reclama y lo que nuestro dictamen pericial social es capaz de acreditar. 

Colaboramos con abogados para ACELERAR E INCREMENTAR las indemnizaciones que reciben las víctimas garantizando que se recogen todos los conceptos indemnizables.

Le ofrecemos nuestra experiencia y especialización, con la que podrá acreditar los conceptos indemnizatorios referentes a la esfera social, de la víctima y su familia, mejorando las prestaciones y cantidades a reclamar.

En defensa de los derechos de las víctimas.

Determinar la intensidad y extensión de las secuelas es labor del médico, sin embargo, existen otra serie de circunstancias que afectan a la esfera del propio individuo y que solo pueden ser determinadas desde la disciplina del Trabajo Social. Desde nuestro gabinete, elaboramos estos informes partiendo de las secuelas para cuantificar y acreditar los daños morales complementarios por perjuicio psicofísico, orgánico y sensorial.

Mejora la indemnización

Nuestros dictámenes, elaborados con las máximas garantías por profesionales expertos, permiten incrementar la cuantía indemnizatoria en favor de la víctima. Además orientamos a los abogados para que incluyan en la reclamación todos los conceptos susceptibles de reclamar. 

Ten en cuenta que ... 

1.- Estos criterios no solo son aplicables a accidentes de tráfico, sino que por analogía se aplican a:

  • Accidentes laborales
  • Accidentes en vías públicas
  • Negligencias médicas, 
  • Etc.

Ten en cuenta que ...

2.- Los dictámenes periciales sociales, son un complemento que suma al informe médico de valoración corporal en el caso del daño moral complementario. 
En el caso de los daños morales complementarios por perjuicio estético la Ley habla de criterios fundamentales, pero no de criterios únicos, dando lugar a la consideración de otros matices sociales que valoran el daño moral particular que sufre la víctima y suponen un incremento en la indemnización. Es nuestra labor, como Trabajadores Sociales, contextualizar de qué manera vive la víctima dichos daños, atendiendo a otra serie de circunstancias sociales, familiares, laborales, etc, que el médico no puede medir. El Trabajo Social, utiliza técnicas propias. 

CONCEPTOS INDEMNIZABLES

Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

  • Daños morales complementarios por perjuicio psicofísico, orgánico y sensorial.
  • Daños morales complementarios por perjuicio estético.
  • Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida ocasionada por las secuelas.
  • Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de los familiares en grandes lesionados.
  • Perjuicio excepcional.
  • Incremento de costes de movilidad.
  • Ayuda de tercera persona.
  • Adecuación de la Vivienda.

El perjuicio moral por la pérdida de calidad de vida

Concepto novedoso dentro del Baremo cuya acreditación requiere necesariamente de un DICTAMEN PERICIAL SOCIAL. En la actualidad esta valoración está siendo realizada por médicos, sin embargo, solo el peritaje social puede evaluar de manera adecuada si existe en la víctima limitación o pérdida de autonomía personal en el ejercicio de actividades esenciales de la vida ordinaria y de actividades específicas de desarrollo personal. El dictamen pericial médico puede valorar la intensidad y extensión de las secuelas, pero corresponde al trabajador social evaluar el número, y sobre todo, la importancia de las actividades específicas de desarrollo personal de manera particular. 

Art. 107/108/109. Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida ocasionada por las secuelas.  Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

Cuantías: 
  • Muy grave: 90.000€ a 150.000€
  • Grave: 40.000 a 100.000€
  • Moderado: 10.000€ a 50.000€
  • Leve: 1.500 a15.000€
Supuestos: Más de 6 puntos o 0 en caso de limitación o pérdida parcial de la actividad laboral que se venía ejerciendo por la víctima. 
Parámetros: La importancia y el número de las actividades afectadas y la edad del lesionado que expresa la previsible duración del perjuicio.

Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de los familiares de grandes lesionados

La indemnización del perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de los familiares de grandes lesionados va de 30.000€ a los 145.000€ y compensa la sustancial alteración que causa en sus vidas la prestación de cuidados y la atención continuada de dichos lesionados cuando han perdido la autonomía personal para realizar la casi totalidad de actividades esenciales en el desarrollo de la vida ordinaria.

Art. 110 Perjuicio moral de pérdida de calidad de vida de familiares de grandes lesionados. Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. 

Supuestos: Pérdida de autonomía personal | 80 puntos de secuelas | Requerir atención continuada
Determinación: Dedicación de los cuidados, alteración que produzca en la vida familiar y edad del lesionado.

Ten en cuenta que ... 

El estudio de perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de los familiares tiene en consideración, más que la propia puntuación de las secuelas, la existencia de alteración sustancial de la vida familiar. A través del peritaje social se demuestra la sustancial alteración de la vida familiar que provoca la nueva situación sobrevenida de la víctima tras el accidente, siendo por tanto imprescindible aportar el correspondiente dictamen pericial social. 

Análisis de perjuicio excepcional

Los perjuicios relevantes, ocasionados por circunstancias singulares y no contemplados conforme a las reglas y límites del sistema, se indemnizan como perjuicios excepcionales. 

Art. 33, 77 y 112 del Baremo.  Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
Cuantía: Hasta un 25% de incremento en la indemnización por perjuicio personal básico.

Incremento de los costes de movilidad 

El Baremo, establece un tope de indemnización, que deja en situación de vulnerabilidad a muchas víctimas, por requerir unos gastos mayores, que con un dictamen pericial social podemos acreditar y, garantizar así, su movilidad en la nueva situación y durante el resto de su vida. ADAPTACIÓN VEHÍCULO - TRANSPORTES ESPECIALES - DESPLAZAMIENTOS RECURRENTES DE LAS FAMILIAS - PRÓTESIS - 

Art. 119 Perjuicio patrimonial por el incremento de costes de movilidad.  Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

Cuantía: 60.000€
Parámetros: Grado de pérdida de autonomía personal, posibilidad de adaptación de vehículo o necesidad de adquisición de uno nuevo adaptado.    

Ten en cuenta que ... 

Para reclamar cuantía por este concepto, se debe acreditar que la víctima cumple los criterios señalados. Para ello, es obligado realizar un estudio individualizado que tenga en cuenta un balance de las necesidades actuales y futuras, de las posibilidades, los precios, etc. Conociendo las limitaciones que acarrea en la movilidad cada tipo de secuela o lesión a largo plazo, para la propia persona y su familia. 

Gastos de ayuda de tercera persona

Compensa el valor económico de las prestaciones no sanitarias que precisa el lesionado cuando resulta con secuelas que implican una pérdida de autonomía personal. No tienen la consideración de ayuda de tercera persona las prestaciones sanitarias en el ámbito hospitalario, ambulatorio o domiciliario, que pueda precisar el lesionado que, en su caso, se indemnizarán en concepto de gasto sanitario posterior a la estabilización de las secuelas. El valor económico de la ayuda de tercera persona se compensa con independencia de que las prestaciones sean o no retribuidas. 

Art. 120 Concepto de ayuda a tercera persona.  Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

Cuantía: Según tabla 2.C.2.
Supuestos: Perjuicio psicofísico, orgánico y sensorial igual o superior a 50 puntos u 80 concurrentes.  Menos  de 50 puntos si se ve afectada su autonomía personal. 
Parámetros: La indemnización se calcula en función del número de horas de necesidad de ayuda y de la edad del lesionado. 

Ten en cuenta que ... 

Las consideraciones legales son más bajas que lo que el bienestar social requiere. Se debe tener en cuenta la situación laboral del lesionado y el acceso o no a las pensiones o prestaciones públicas. 
Los dictámenes periciales sociales son de gran utilidad en la reclamación de incapacidades ante los juzgados de lo Social.

La importancia de la valoración de los factores sociales

En la reclamación de los daños morales complementarios por perjuicio estético, al igual que en el caso de los daños morales complementarios por perjuicio psicofísico, orgánico y sensorial, es importante no descuidar los matices sociales que contextualizan el padecimiento de estos daños por parte de la víctima y que permiten un incremento en la indemnización de entre 9.600€ y 48.000€ a partir de los 36 puntos de perjuicio estético. 

TIPOS DE DICTÁMENES PERICIALES SOCIALES

Informes Previos

Precio: 250€


  • Reclamación Extrajudicial
  • Información Facilitada por la víctima
  • Ofrece una orientación de los conceptos a reclamar
  • Proceso ágil y asequible
  • Elaborado por un Trabajador Social cualificado.
  • No se ratifican en juicio

Dictámenes Periciales

Precio: Según complejidad.

Desde 1.000€. 

  • Fase Judicial
  • Investigación Social. Estudio de factores sociales.
  • Se concretan los conceptos indemnizables
  • Proceso científico, metodología propia de T.S.
  • Elaborado y firmado por un Trabajador Social cualificado.
  • Se ratifican en juicio